El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de junio un real decreto con diversas medidas para hacer frente a las consecuencias de la guerra de Ucrania, entre ellas un cheque de ayuda de 200,00 euros para rentas bajas.
Desde el pasado viernes 8 de julio, y hasta el próximo 30 de septiembre, se ha puesto a disposición de los ciudadanos en el portal de la Agencia Tributaria, la tramitación de la solicitud del cheque de 200,00 euros destinado a ayudar a los españoles a sobrellevar la subida de precios. Concretamente la aprobación de esta ayuda para rentas bajas, contempla que los asalariados, autónomos y desempleados inscritos en las oficinas de empleo puedan percibir un pago único de 200,00 euros. Se estima que esta medida beneficiará a 2,7 millones personas.
Serán beneficiarios de esta ayuda, las personas físicas que en la fecha de 27 de junio de 2022 realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000,00 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.
Requisitos:
Tener residencia legal y efectiva en España y que la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.
Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o estén inscritos como desempleados en la oficina de empleo, estén cobrando o no la prestación o subsidio por desempleo.
Que las rentas obtenidas en 2021, incluidas las que perciban los convivientes, sean inferiores a 14.000 euros y el patrimonio, descontando la vivienda habitual, no supere los 43.196,40 euros.
Para solicitar la ayuda es necesario que la suma de las rentas de todas las personas que convivan en el mismo domicilio, obtenidas en 2021, sea inferior a 14.000 euros anuales y su patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales. Los ingresos y el patrimonio se determinarán considerando los ingresos y el patrimonio de todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022.
Exclusiones
No tienen derecho a la ayuda quienes, a fecha 27 de junio de 2022 perciban el Ingreso Mínimo Vital o perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo).
Plazo de solicitud
Desde el pasado viernes 8 de julio hasta el próximo 30 de septiembre, ambos inclusive.
Tramitación
El trámite se tiene que realizar en el portal de la Agencia Tributaria, a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrócnica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En la parte superior se debe hacer clic en el botón "Ayuda de 200 euros". Allí se accede a la petición en sí, "Ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio", a la que accede directamente desde este enlace.
Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).
Para la solicitud de estas ayudas se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.
No es necesario aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la Ayuda.
Folleto informativo de la AEAT.
Se acompaña un documento con instrucciones para tramitarlo de forma sencilla.
Mas información: Área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Arnedo.
Desde el área de Desarrollo Local, se atenderán con cita previa, o vía telefónica o telemática todas las consultas en horario de 8:00 h a 14:00 h de lunes a viernes. Teléfonos: 941383988 679951731. Correo electrónico: desarrollolocal@arnedo.com.
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