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Ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado

29.06.2021 - Agencia de Promoción de Empleo y Desarrollo Local.

Palacio de La Baronesa - Casa Municipal de Arte C/ Carrera, 9 26580 Arnedo

Se ha publicado la convocatoria de ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado puestas a disposición por el Gobierno de España en el Real Decreto Ley 5/2021, de 12 de marzo, por el que a La Rioja le corresponden 32,5 millones de euros.

Ver Convocatoria

Extracto de la Convocatoria

Beneficiarios

  • Empresas que apliquen el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (módulos).
  • Empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo equivalente en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019 (estimación directa).

Deberán desarrollar cualquiera de las actividades encuadradas en las secciones de la A a la S de la CNAE 2009 exceptuando las empresas encuadradas en la División 64 de la Sección K (servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones) a los que se les considera excluidos de estas ayudas. También quedan excluidas las administraciones públicas, organismos y demás entidades del sector público español.

Requisitos

  • Si la empresa tiene una facturación inferior a diez millones de euros tener el domicilio fiscal en La Rioja.
  • La empresa deberá mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022.
  • La empresa no podrá repartir dividendos en 2021 y 2022 y no podrá incrementar el salario de retribuciones de alta dirección durante   dos años.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Otros requisitos establecidos en la disposición adicional cuarta 1 del RDL 5/2021 entre otros.

Cuantía

Con carácter general el importe máximo a percibir será la suma de las deudas y préstamos reflejados por el solicitante en el formulario del solicitud.

Para las empresas en estimación objetiva el importe máximo será de 3.000 euros. (módulos).

Para las empresas cuyo volumen de operaciones haya caído más de un 30% en 2020 respecto a 2019 la ayuda a conceder será como mínimo de 4.000 euros (la suma de deudas y préstamos deberá ser al menos de 4.000 euros) a la que se podrá añadir una ayuda adicional calculada en función del presupuesto disponible, el número de solicitudes, la disminución del volumen de operaciones sin superar en ningún caso los 200.000 euros (estimación directa).

En el caso de que la empresa se haya creado entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020, la cuantía máxima será de 3.000 ó de 4.000 euros en función de si la empresa está en estimación objetiva o en estimación directa. También se aplicarán estos límites si la empresa hubiera estado de alta en un tiempo inferior al año en el ejercicio 2019 o en el ejercicio 2020.

Estas ayudas serán compatibles con carácter general con la percepción de otras ayudas para la misma o distinta finalidad cuando no se supere el 100% del gasto subvencionable.

Plazo

El plazo para presentar solicitudes permanecerá abierto hasta las 14:00 horas del próximo 2 de julio.

En el caso de que el crédito previsto en estas bases y en la convocatoria no fuera suficiente para aprobar todas las solicitudes presentadas, y con el fin de poder atender a todas ellas, se realizará un reparto proporcional a la cuantía de subvención solicitada.

Puede acceder a la información completa sobre esta ayuda en el siguiente enlace.

Importante:

Debido a la complejidad y la importancia de esta línea de ayudas, desde la ADER se han organizado una serie de sesiones informativas, que se desarrollarán vía  Zoom, en las que los técnicos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja responderán además a las diferentes dudas que puedan existir.

•         Miércoles 30 de junio, a las 13 horas.

•         Jueves 1 de julio, a las 13 horas.

Podrán encontrar la dirección electrónica del encuentro en la web de ADER.